El sistema de control de calidad interno, SCCI, a tener implantado por los auditores antes del 1 de enero de 2013, ha de contemplar no sólo los requerimientos de la Norma sino los establecidos en las demás normas y regulaciones, legales y técnicas, que sean aplicables a los auditores de cuentas.
La antigua normativa que establecía el plazo de cinco años para la conservación de los papeles de trabajos se ha visto complicada por el nuevo reglamento de la ley de auditoria por la que dicho plazo no es aplicable cuando concurran reclamaciones, litigios o procedimientos judiciales sobre aquellas entidades sobre las que emitimos informes de auditoria.
La fecha de entrega del informe de auditoria no suele coincidir con la de emisión, lo que exige al auditor estar atento a los hechos posteriores que puedan ocurrir entre ambas fechas por si justificaran la reformulación de las cuentas y la emisión de un nuevo informe u otro con doble fecha.
Obligación y modelos para el control de la fecha de entrega de los informes de auditoria.
Comentarios sobre la limitación de 25.00o horas de supervisión del socio a la hora de aceptar un nuevo encargo de auditoria.
El borrador de norma de Control de Calidad Interno de los despachos de auditoria, es una traducción literal de la correspondiente norma internacional que no responde a las expectativa generadas en la profesión y que lejos de contribuir a la mejora de los sistemas, va a provocar no sólo una mayor confusión sino y sobre todo un esfuerzo adicional que va recaer, una vez más, sobre los pequeños y medianos despachos de auditoria.
En las recientes Normas Técnicas publicadas por el ICAC en los últimos días del pasado mes de diciembre, he detectado un primer error en una de estas Normas, y que…
Nuevas normativas y regulaciones del ICAC de final de año. Un ejemplo de inoportunidad, de exceso regulador y de falta de consideración con los agentes encargados de su cumplimiento y supervisión.