Segunda y última entrega que bajo el título de “Después de implantar el control de calidad y las NIA-ES…¿Qué nos queda por hacer?” ha publicado la Revista Contable en su…
El pasado 9 de Febrero de 2016, la Dirección General de los Registros y del Notariado (en adelante DGRN) dependiente del Ministerio de Justicia, emitió una instrucción titulada: “Sobre cuestiones…
Hace escasos días, el REA-REGA ha publicado la comunicación técnica 72 relativa a la consulta n º 1 del BOICAC nº 105 “Sobre la auditoría de las cuentas anuales o…
El pasado 30 de marzo de 2016 el ICAC ha publicado una Resolución sobre “diversos aspectos relacionados con la acreditación e información del requisito de formación práctica exigido para acceder al…
Consulta al ICAC la auditoría de las cuentas anuales o de otros estados financieros o documentos contables de determinadas entidades en las que la normativa reguladora de aplicación no estables de forma expresa un marco normativo de información financiera para su elaboración y presentación.
Recientemente la DGRN, ha emitido una resolución por la que rechaza el deposito de unas cuentas abreviadas al no venir acompañadas del informe de auditoría emitido por el auditor nombrado voluntariamente e inscrito en el registro mercantil.
La aplicación de las nuevas normas internacionales de auditoría (NIA-ES) sobre los trabajos relativos a las cuentas anuales de l 20104, ha supuesto un notable esfuerzo de conocimiento y adiestramiento, provocando auténticos tsunamis en los métodos y procedimientos hasta ahora utilizados por muchos auditores.
La nueva normativa de auditoria (NIA-ES) exige, no sólo la modificación del contenido de los manuales de control de calidad interno de los auditores, sino que obliga a la confección de un manual operativo, conectado pero diferenciado del de calidad, en el que se describa la metodología a seguir en la realización de los trabajos conforme con la nueva normativa.
Reflexiones prácticas sobre el proceso de identificación y valoración de riesgos de auditoría bajo NIAS.
Sobre quién debe de firmar la carta de encargo o contrato de auditoría.

