Consulta 3 del BOICAC 95 de setiembre sobre la situación creada por una resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado por la que se rechaza la inscripción en el Registro Mercantil de las cuentas anuales que vayan acompañadas de un informe de auditoria con opinión denegada.
La renuncia del auditor a continuar con el encargo de auditoria o a emitir el preceptivo informe son temas de gran calado que requieren ser debidamente contemplados por las firmas y despachos de auditoria dentro de sus manuales de control de calidad.
El Consejo de Ministros aprueba el 28 de octubre de 2011 el Reglamento de la Ley de Auditoria de Cuentas
La inscripción del nombramiento de auditores y de sus reelecciones, corresponde a la empresa, no obstante el auditor ha de verificar que su designación se ha formalizado correctamente incluida su inscripción en el Registro Mercantil
Como quiera que el documento publicado por el ICAC el pasado 1 de julio con el Proyecto de Reglamento no contenía un indice con los capítulos y artículos del…
Con fecha 1 de julio del 2011 se ha publicado la Resolución de la Subsecretaría de Economía y Hacienda por la que se acuerda la apertura del trámite de audiencia a…
Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas. El pasado jueves 30 de junio, en el…

