Skip to main content

El informe de sostenibilidad, que deben presentar determinadas organizaciones anualmente, debe contener información ambiental, social, relativa al personal, al respeto de los derechos humanos, la lucha contra la corrupción y el soborno, así como sobre su relación con la sociedad.

El objetivo de este informe es identificar los riesgos para mejorar la sostenibilidad y aumentar la confianza de los inversores, consumidores y de la sociedad en general.

Por otra parte, la divulgación de información no financiera o relacionada con la responsabilidad social corporativa contribuye a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad.

CONTENIDO

La Ley 11/2018 establece unos mínimos de información obligatorios que debe ser incluidos en el Estado de Información No Financiera. Para elaborarlo las empresas deben proporcionar una serie de indicadores no financieros de la actividad que deben cumplir con los criterios de comparabilidad, materialidad, relevancia y fiabilidad.

Según la Ley 11/2018, el estado de información no financiera incluirá:

a) Una breve descripción del modelo de negocio del grupo, que incluirá su entorno empresarial, su organización y estructura, los mercados en los que opera, sus objetivos y estrategias, y los principales factores y tendencias que pueden afectar a su futura evolución.

b) Una descripción de las políticas que aplica el grupo respecto a dichas cuestiones, que incluirá los procedimientos de diligencia debida aplicados para la identificación, evaluación, prevención y atenuación de riesgos e impactos significativos y de verificación y control, incluyendo qué medidas se han adoptado.

c) Los resultados de esas políticas, debiendo incluir indicadores clave de resultados no financieros pertinentes que permitan el seguimiento y evaluación de los progresos y que favorezcan la comparabilidad entre sociedades y sectores, de acuerdo con los marcos nacionales, europeos o internacionales de referencia utilizados para cada materia.

d) Los principales riesgos relacionados con esas cuestiones vinculados a las actividades del grupo, entre ellas, cuando sea pertinente y proporcionado, sus relaciones comerciales, productos o servicios que puedan tener efectos negativos en esos ámbitos, y cómo el grupo gestiona dichos riesgos, explicando los procedimientos utilizados para detectarlos y evaluarlos de acuerdo con los marcos nacionales, europeos o internacionales de referencia para cada materia. Debe incluirse información sobre los impactos que se hayan detectado, ofreciendo un desglose de los mismos, en particular sobre los principales riesgos a corto, medio y largo plazo.

e) Indicadores clave de resultados no financieros que sean pertinentes respecto a la actividad empresarial concreta. Con el objetivo de facilitar la comparación de la información, tanto en el tiempo como entre entidades, se utilizarán especialmente estándares de indicadores clave no financieros que puedan ser generalmente aplicados y que cumplan con las directrices de la Comisión Europea en esta materia y los estándares de Global Reporting Initiative, debiendo mencionar en el informe el marco nacional, europeo o internacional utilizado para cada materia.

Las materias que deben incluir la información no financiera son los siguientes:

  • Política medioambiental: las empresas tendrán que informar sobre datos relativos a la contaminación, prevención y gestión de residuos, uso sostenible de los recursos, protección de la biodiversidad, la lucha contra el cambio climático, etc.
  • Cuestiones sociales y relativas a los trabajadores: brecha salarial, conciliación familiar y laboral, formación, salud y seguridad, etc.
  • Derechos humanos: procedimientos de diligencia debida en materia de derechos humanos, prevención de riesgos de vulneración de derechos humanos.
  • Lucha contra la corrupción, el cohecho y el fraude: medidas adoptadas para prevenir la corrupción y el cohecho, para luchar contra el blanqueo de capitales, aportaciones a fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.
  • Otros aspectos de la sociedad: compromisos de la sociedad con el desarrollo sostenible, subcontratación y proveedores, consumidores, información fiscal.

No todas las sociedades deben incluir en su informe de gestión la misma información, ni el mismo detalle en cada área, sino que la información debería ser aquella que, en opinión de los administradores, sea relevante considerando la sociedad, actividad realizada, estructura y presentación, de acuerdo con el marco normativo que la sociedad haya decidido utilizar en su presentación a cada cuestión. Estos marcos deben quedar adecuadamente identificados en el propio EINF.

INDICADORES CLAVE

Para su elaboración se utilizarán indicadores clave no financieros que puedan ser generalmente aplicados y que cumplan las directrices de la Comisión Europea en esta materia y los Estándares de Global Reporting Iniciative, debiendo mencionar en el EINF el marco utilizado para cada materia.

Los Estándares de Global Reporting Initiative (GRI) tienen el objetivo de ayudar a las empresas a identificar, recopilar y reportar información sobre los impactos vinculados a cuestiones medioambientales, sociales y económicas, así como la gestión de éstos de forma clara y comparable. Dichos estándares fueron actualizados a finales de 2021 que se aplicarán a las empresas que los utilicen a partir del año que viene. En esta actualización los indicadores se han modulado para que las empresas puedan responder de mejor manera a las necesidades emergentes de divulgación regulatoria, como la nueva directiva de sostenibilidad europea.

Entre otros cambios, destaca la actualización de las definiciones de “impacto” y la metodología para determinar la materialidad de los asuntos relevantes, un mayor foco en el reporte de derechos humanos, y la presentación de estándares sectoriales específicos.

Paralelamente a la aprobación de la nueva Directiva comentada, el pasado 15 de noviembre, el Grupo Consultivo Europeo en materia de información Financiera (EFRAG) aprobó el primer conjunto de Estándares de Información de Sostenibilidad europeos (ESRS), con algunos indicadores todavía sujetos a revisión editorial. Se presentarán oficialmente a la Comisión Europea para su aprobación. Estos estándares incluyen requerimientos respecto a las siguientes temáticas:

  • Requerimientos e información generales
  • Cambio climático
  • Contaminación
  • Agua y recursos marinos
  • Biodiversidad y ecosistemas
  • Uso de recursos y economía circular
  • Conducta empresarial
  • Trabajadores en la cadena de valor
  • Comunidades afectadas
  • Consumidores y usuarios

Los indicadores clave de resultados no financieros deben aplicarse a cada uno de los apartados del estado de información no financiera. Estos indicadores deben ser útiles, teniendo en cuenta las circunstancias específicas y coherentes con los parámetros utilizados en sus procedimientos internos de gestión y evaluación de riesgos. En cualquier caso, la información presentada debe ser precisa, comparable y verificable.

PRESENTACIÓN

El Estado de Información No Financiera (EINF) debe incorporarse al informe de gestión consolidado o presentarse en un informe separado, en el que se haga referencia expresa al informe de gestión consolidado.

La nueva información requerida se somete a los mismos criterios de aprobación, depósito y publicación que el informe de gestión, es decir, debe ser elaborada y aprobada con el mismo proceso y plazos que los revisados para el informe de gestión. Además, en la nueva Ley se indica expresamente que el EINF es parte de los documentos que se formulan por el Órgano de Administración, y que será de obligado cumplimiento que se presente como punto separado del orden del día para su aprobación por la junta general de accionistas.

Cabe indicar que en el caso de una sociedad dominante o dependiente de un grupo estará exenta de la obligación de presentar la nueva información requerida, si la empresa y sus dependientes están incluidas en el informe de gestión consolidado de un grupo que cumpla con las condiciones anteriores.

En este caso, deberá incluirse en el informe de gestión una referencia a la identidad de la sociedad dominante y al Registro Mercantil u otra oficina pública donde deben quedar depositadas sus cuentas junto con el informe de gestión consolidado. En caso de que la Sociedad Dominante no esté obligada a depositar sus cuentas en ninguna oficina pública, o de haber optado por la elaboración del informe separado, deberá indicar dónde se encuentra disponible o se puede acceder a la información consolidada de la sociedad dominante.

APLICACIÓN

Esta norma se aplica a las sociedades que formulen cuentas anuales consolidadas y que cumplan con las siguientes condiciones (establecidas en el art. 49.5 del CCom):

  1. a) tener un número medio de trabajadores en el ejercicio superior a 250; y
  2. b) o bien, que sean consideradas entidades de interés público “EIP”, o bien, que durante dos ejercicios consecutivos a la fecha de cierre del balance, superen dos de los tres criterios siguientes:

1.Total del activo del balance: 20 millones de €.

2.Importe neto de la cifra de negocios: 40 millones de €.

NOVEDADES

En 2022 siguieron dándose novedades y cambios en la materia. El Consejo de la Unión actualizó la anterior Directiva de Información no Financiera con la nueva Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD), con la que Europa busca implantar una serie de estándares europeos para la presentación de información vinculada a sostenibilidad.

El 22 de abril de 2021, la Comisión Europea propuso una nueva directiva sobre información no financiera revisando y reforzando la vigente entonces. En su borrador de propuesta resaltaban los principales cambios y mejoras respecto a la Directiva anterior:

  • Modificar el término “información no financiera” por “información sobre sostenibilidad”, entendiendo que ésta tiene “cada vez más relevancia financiera”.
  • Ampliar la exigencia de presentar información detallada en materia de sostenibilidad a todas las grandes empresas y a todas las empresas que cotizan en mercados regulados, excepto las microempresas.
  • Incluir explícitamente las cuestiones vinculadas con gobernanza (además de las sociales y las medioambientales) entre los ámbitos sobre los que las empresas deben reportar, haciendo hincapié, por ejemplo, en el papel del consejo de administración y de la dirección en lo que respecta a las cuestiones de sostenibilidad.
  • Poner mayor foco en el reporte de la relación entre el modelo de negocio y la estrategia de la organización con las necesidades de los grupos de interés y con la transición hacia una economía baja en carbono; así como en el ámbito de los derechos humanos y la salud de las personas.
  • Exigir la perspectiva de la “doble significatividad” o doble materialidad en el reporte de información, obligando a las empresas a “informar tanto sobre la manera en que les afectan diversas cuestiones de sostenibilidad como sobre las repercusiones de sus actividades en las personas y el medio ambiente”.
  • Garantizar la comparabilidad y pertinencia de la información divulgada, a través del establecimiento de normas comunes obligatorias de presentación de información.
  • Exigir que la información reportada tenga en cuenta marcos reconocidos internacionalmente, como la Agenda 2030 o las Líneas Directrices para Empresas Multinacionales de la OCDE.
  • Requerir que las empresas elaboren sus estados financieros y su informe de gestión en formato digital (XHTML) para facilitar su revisión y comparabilidad.
  • Crear un punto de acceso único europeo o plataforma de acceso digital a escala de la UE a la información pública financiera y sobre sostenibilidad de las empresas.

La propuesta fue aprobada por el Parlamento Europeo el 10 de noviembre de 2022 y el Consejo aprobó el texto final el pasado 28 de noviembre de 2022.

Este acto legislativo se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 16 de diciembre de 2022 entrando en vigor veinte días después.

Por lo tanto, se ha iniciado el periodo de 18 meses para la transposición de la norma lo que supondrá un cambio en el reporte cooperativo.

El Reglamento se aplicará en cuatro fases:

– las empresas ya sujetas a la Directiva sobre divulgación de información no financiera deberán presentar en 2025 información sobre el ejercicio 2024;

– las grandes empresas no sujetas actualmente a la Directiva sobre divulgación de información no financiera deberán presentar en 2026 información sobre el ejercicio 2025.

– las pymes cotizadas, excepto las microempresas, las entidades de crédito pequeñas y no complejas y las empresas de seguros cautivas deberán presentar en 2027 información sobre el ejercicio 2026.

– las empresas de terceros países cuyo volumen de negocios neto en la UE supere los 150 millones de euros y que tengan al menos una filial o sucursal en la UE que supere determinados umbrales deberán presentar en 2029 información sobre el ejercicio 2028.

Las nuevas normas sobre presentación de información sobre sostenibilidad se aplicarán a todas las grandes empresas y a todas las empresas que cotizan en mercados regulados, excepto las microempresas cotizadas. Estas empresas tienen también la responsabilidad de evaluar la información relativa a sus filiales.

Las normas tienen en cuenta las características específicas de las pymes cotizadas, a las que también se aplican. Las pymes cotizadas podrán no aplicar los requisitos durante un periodo transitorio, lo que significa que no estarán obligadas a aplicar la Directiva hasta 2028.

Por lo que se refiere a las empresas no europeas, la obligación de presentar un informe de sostenibilidad se aplica a todas las empresas cuyo volumen de negocios neto en la UE supere los 150 millones de euros y que tengan al menos una filial o sucursal en la UE que supere determinados umbrales. Esas empresas deben informar sobre sus efectos Ambientales, Sociales y de Gobernanza (ASG), definidos en la Directiva.

VERIFICACION DEL ESTADO DE INFORMACION NO FINANCIERA

Según marca la Ley 11/2018 “la información incluida en el estado de información no financiera será verificada por un prestador independiente de servicios de verificación”.

SERVICIOS AUDINFOR

En Audinfor contamos con un equipo multidisciplinar de auditores que, gracias a su experiencia y metodología de trabajo, pueden cubrir las necesidades de nuestros clientes, tanto en la elaboración, como en el asesoramiento durante todo el proceso de preparación del Informe sobre sostenibilidad o Estado de Información No Financiera.

Adicionalmente, como expertos independientes, podemos encargarnos de su verificación (siempre y cuando no hayamos formado parte del proceso de elaboración).

Leave a Reply