El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros el Proyecto de Ley que modifica los criterios de tamaño de las empresas, actualizando los límites económicos y laborales que determinan si una sociedad se considera micro, pequeña, mediana o grande, así como los requisitos que marcan la obligación de auditar las cuentas anuales.
El texto, que parte del anteproyecto sometido a audiencia pública por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, adapta la normativa española a la Directiva Delegada (UE) 2023/2775, que actualiza los umbrales a efectos de información financiera y de sostenibilidad.
Un 25 % más en los umbrales de auditoría obligatoria
Una de las novedades más destacadas del proyecto es el incremento del 25 % en los umbrales que determinan qué sociedades están obligadas a auditarse, una actualización muy esperada, ya que los límites vigentes databan de 2013.
En concreto, para sociedades con más de 50 trabajadores:
- El umbral del total activo pasa de 2.850.000 € a 3.565.000 €.
- El umbral del volumen neto de negocio aumenta de 5.700.000 € a 7.125.000 €.
Este ajuste permitirá que muchas pequeñas empresas queden fuera de la obligación de auditoría, adaptando la normativa a la evolución económica e inflacionaria de la última década.
Una normativa más alineada con Europa
El proyecto de ley actualiza también los límites de tamaño empresarial, armonizándolos con los nuevos criterios europeos. De esta forma, se redefine el marco aplicable a microempresas, pequeñas y medianas, lo que tendrá efectos tanto en las obligaciones contables como en la información no financiera y de sostenibilidad.
Además, el texto busca reducir las cargas administrativas para las empresas más pequeñas y facilitar el acceso a programas de financiación y ayudas públicas orientadas a las pymes.
Opiniones y críticas al nuevo marco
A pesar de la buena acogida por parte de muchas pymes, diversas corporaciones y asociaciones profesionales han manifestado su desacuerdo o reservas ante la medida. Desde el sector de la auditoría y la contabilidad se advierte que el incremento de los límites podría dejar fuera del control financiero a empresas que, por su volumen o complejidad, deberían seguir sometidas a auditoría.
Organismos como el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) o el Consejo General de Economistas de España han señalado que, aunque la simplificación administrativa es positiva, reducir el número de empresas auditadas podría afectar a la transparencia y a la calidad de la información financiera disponible, especialmente en un contexto donde la confianza y la rendición de cuentas son esenciales.
Qué implica para auditores y empresas
- Revisión del ámbito de auditoría obligatoria: se prevé una reducción del número de sociedades sujetas a revisión legal, lo que modificará el alcance de los encargos y el calendario de auditorías.
- Ajustes en la verificación del EINF y la sostenibilidad: los nuevos límites pueden alterar qué entidades están obligadas a elaborar o verificar información no financiera.
- Actualización de procesos y criterios contables: tanto las firmas auditoras como las empresas deberán revisar sus procedimientos de formulación, consolidación y reporte conforme a los nuevos umbrales.
Qué pasos quedan hasta su entrada en vigor
Aunque el texto ya ha sido aprobado por el Gobierno como Proyecto de Ley, aún debe recorrer varias fases antes de su aplicación definitiva:
- Tramitación en el Congreso de los Diputados, donde se debatirá y podrán incorporarse enmiendas.
- Aprobación por el Senado, que podrá ratificar o modificar el texto.
- Publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), momento en el que quedará aprobada oficialmente.
Mirando hacia adelante
Esta reforma representa un cambio de calado en el marco contable y de auditoría, que afectará directamente al cumplimiento de las obligaciones legales y a la planificación de las revisiones en miles de empresas españolas.


